Podemos definir el concepto de acoso laboral o mobbing como aquel fenómeno que se produce dentro de un ambiente laboral en el que una o varias personas desarrollan una conducta abusiva de forma sistemática con la intención de socavar moralmente a un compañero de trabajo.

Este tipo de conductas, que puede ser de índole muy variada, consiste en un hostigamiento psicológico que van llevando a la víctima a un aislamiento que le provoca estados de estrés, ansiedad y baja autoestima, llegándose incluso a ser necesaria la baja médica (incapacidad temporal).

Habitualmente, la denuncia de un caso de acoso laboral o mobbing es la solicitud de la extinción de la relación laboral en base al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, en base al incumplimiento por parte de la empresa de sus obligación de velar por la salud de sus trabajadores. Esta acción judicial implica reclamar una indemnización equivalente a la prevista para el despido improcedente (art. 56 del Estatuto de los Trabajadores) y más otra indemnizacción accesoria por daños morales. En caso de estimarse esta demanda, la relación laboral quedará extinguida y el trabajador tendrá derecho a la prestación de desempleo, siempre y cuando tenga cotizado el tiempo mínimo exigible.

La Ley de la jurisdicción social, en su artículo 180.4 en relación con el 79.7, prevé como medida cautelar, pa posibilidad de que el Juez acuerde la suspensión de la relación laboral o la exoneración de prestación de servicios mientras se desarrolla el procedimiento, en aquellos casos en los que se justifique que la conducta de la empresa perjudique la integridad física o moral y la dignidad del/a trabajador/a.

En casos muy graves, puede acudirse también a la jurisdicción penal.

A la persona que se sienta víctima de un acoso laboral, lo más recomendable es que, antes de hacer nada, consulte a un Abogado laboralista a fin de asesorarse de sus derechos y de las posibilidades legales de que dispone ante esta situación. Pues, a pesar de que la situación pueda parecer muy clara, lo difícil en estos casos es siempre disponer de elementos de prueba suficientes para poder demostrar su existencia.